viernes, 9 de marzo de 2007

Preguntas Frecuentes - FAQs

1. ¿QUIÉN PUEDE VOTAR EN LAS ELECCIONES DE CRUZ ROJA JUVENTUD?

Pueden votar los voluntarios y voluntarias de Cruz Roja Juventud que cumplan los siguientes requisitos:

- Figurar en el Censo electoral Definitivo de Cruz Roja Juventud.
- Estar afiliados o afiliadas a Cruz Roja Juventud antes del 9 de agosto de 2006.
- Tener cumplidos los 14 años a 5 de mayo de 2007.
- No superar los 30 años a 5 de mayo de 2007, fecha de las votaciones.
- No estar suspendido/a cautelarmente.
- No haber perdido la condición de miembro a 5 de mayo de 2007.


2. ¿QUIÉNES PUEDEN SER CANDIDATOS /AS
A LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DE CRUZ ROJA JUVENTUD?


De conformidad a lo establecido en los artículos 37 y 51.Uno a) del RGO, podrán ser candidatos/as a Vocales de Consejos Locales, Comarcales o Insulares las personas en las que concurran los siguientes requisitos:

- Estar inscritos/as en el Registro Central de Miembros de CRJ el 9 de agosto de 2006
(6 meses antes de la resolución de Presidencia convocando las elecciones de Cruz Roja Juventud).
- Tener 16 años cumplidos el 5 de mayo de 2007 (fecha de las votaciones).
- No mantener relación laboral con CRE o con los centros y servicios dependientes de la misma a 5 de mayo de 2007 (fecha de las votaciones).
- No haber perdido temporal o definitivamente la condición de miembro a 5 de mayo de 2007 (fecha de las votaciones).

Importante: No podrá presentarse nadie que no esté incluido en el Censo Electoral Definitivo.

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6 comentarios:

Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...

Tengo una duda???


Si alguien ha cumplido 14 años el mes pasado, puede votar?

Elecciones CRJ Madrid dijo...

Respuesta a la pregunta:

Si has cumplido los 14 años el mes pasado, podrías votar en las elecciones de CRJ. Incluso aunque los cumplieras el mismo 5 de Mayo.

Lo que no podrías hacer es presentarte como candidato, ya que la edad mínima es de 16 años cumplidos a fecha de 5 de Mayo.

Un saludo, y gracias por plantearnos tu duda.

Anónimo dijo...

Hola a Todos.

Mi duda esta en....

Si en mi local se eligen a 4 vocales y despues de los que salgan y se constituya el consejo, se elige a un director entre todos los candidatos vocales que se presentaron a las elecciones...
El director puede ser otra persona que no sea vocal del consejo local???
Es decir, en el consejo local estaria 4 vocales de juventud y un director de juventud que no fuera vocal.
Gracias

Elecciones CRJ Madrid dijo...

Respuesta a la Pregunta sobre la constitución del Consejo Local:

Estimado usuario, según lo que planteas acerca de tu local, esa opción es posible.

Es decir, el/la Director/a que se proponga puede ser un/a voluntario/a que no se haya presentado como Candidato/a, y si se ha presentado, puede ser también propuesto/a como Director/a, independientemente de que haya salido electo o no.

Además, y teniendo en cuenta que debe ser aprobado por el Presidente de Cruz Roja en la Oficina Local, son los vocales electos los que llevan a cabo la propuesta de Director/a y la elevan al Presidente.

Lo que planteas sería posible.

Un saludo y gracias por hacernos llegar tu consulta.

Comisión Electoral Autonómica
CRJ Comunidad de Madrid

Anónimo dijo...

Que funciones hacen el Vicepresidente y el Secretario del consejo local?
Saludos